Un
total de tres toneladas de pota fueron incautadas por los inspectores de la
Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Ministerio de la
Producción a dos embarcaciones, al no contar permisos de pesca vigente, acción
tipificado por una grave infracción.
Este
hecho ilegal ocurrió en Chimbote donde los fiscalizadores del ministerio intervinieron
en el muelle Cidrani a las naves "Linaje de David" y "Sebastián
1".
En
el caso de la embarcación "Linaje de David" se pudo constatar que no
contaba con matricula, además de permiso de pesca, ni certificado nacional de
arqueo, entre otra documentación.
Además,
no se encontraba incorrectamente identificada, por no encontrarse el nombre de
la embarcación tallada y en bajo relieve en el casco. Así, se confiscaron 2,000
kilos de pota.
Igualmente,
se incautaron 1,000 kilos de pota a la nave "Sebastián 1" (matrícula
TA-41870-CM), quien no contaba con protocolo técnico para la habilitación
sanitaria, así como permiso de zarpe.
De
otro lado, los fiscalizadores del sector incautaron 7.2 kilos de camarón de río
en tallas menores a Jorge Raúl Velarde. Esto ocurrió, en el puesto 35 del
Terminal Pesquero de Ventanilla (Callao). La talla mínima de extracción del
referido crustáceo es de 7 centímetros.
Así,
se levantaron los reportes de ocurrencia correspondientes al infringir el
Reglamento de la Ley General de Pesca, dando inicio al proceso sancionar.
En
el caso de la pota, se donó lo incautado a los asentamientos humanos Nueva
Esperanza y Los Constructores, Libertad, Victoria del Sur, Pueblo Joven 1ero de
Mayo y Pueblo Joven 3 de Octubre, ubicados en Chimbote.
Además,
el camarón de río se entregó al comedor popular Sor Ana de Los Angeles, ubicado
en el Callao.
Los
inspectores del Ministerio de la Producción durante sus operativos inopinados a
establecimientos industriales pesqueros del litoral levantaron reportes de
ocurrencias (RO) a las empresas Pez de Exportación S.A.C., Conservas Ricofres
S.R.L. y Multiservicios Océano E.I.R.L.
Esto
sucedió por suministrar información incorrecta o incompleta a las autoridades o
negarles acceso a documentación relacionada a la actividad pesquera. De esta
manera, se infringió el reglamento de la Ley General de Pesca. Andina


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