Nueva norma se
implementó desde las 00:00 horas de hoy y busca enfrentar eficazmente a las
organizaciones criminales.
A partir de hoy entró en
vigencia a nivel nacional la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, para delitos cometidos por
organizaciones criminales, definidas como un grupo de tres personas o más,
cualquiera sea su estructura y cuyos miembros actúan concertadamente con el
propósito de cometer uno o más delitos.
Los delitos que se juzgarán con la referida ley son: Homicidio, Secuestro,
Tráfico Ilícito de Drogas, Violación del Secreto de las Comunicaciones, Trata
de Personas, Estafa, Pornografía Infantil, Extorsión, Delitos Informáticos,
Tenencia, Fabricación y Tráfico de Armas, Delitos Ambientales, Genocidio,
Desaparición Forzada, Delitos Contra la Administración Pública, Lavado de
Activos, Terrorismo, Delitos Tributarios, entre otros.
Al respecto, el doctor Bonifacio Meneses Gonzáles, presidente del Equipo
Técnico Institucional del Código Procesal Penal (ETI–CPP) y miembro del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), señaló que la puesta en vigencia de la Ley
Contra el Crimen Organizado ayudará a hacerle frente a las bandas criminales.
Refirió que entre las innovaciones de la Ley N°30077 destaca que los
líderes de las organizaciones criminales, sus financistas, funcionarios
públicos, quienes utilizan a menores de edad o armas de guerra, pondrán recibir
hasta 35 años de prisión y se prohíbe el otorgamiento de beneficios
penitenciarios.
Asimismo, remarcó que se implementará un sistema informático que almacene
toda la información correspondiente a los internos vinculados a una
organización criminal, el mismo que contendrá un registro detallado de las
visitas que éstos reciben.
La norma, además, introduce técnicas especiales de investigación, tales
como la interceptación postal e intervención de comunicaciones, el agente
encubierto, el seguimiento y la vigilancia, y establece la obligatoriedad de
colaboración de todas las personas e instituciones públicas y privadas para
perseguir e investigar a las organizaciones criminales.
El proceso de los casos que se inicien en el marco de la Ley Contra el
Crimen Organizado, serán tramitados con el Código Procesal Penal (CPP),
en este sentido, se ha dispuesto adelantar su vigencia en los Distritos
Judiciales en los cuales no había sido implementado en su integridad, tales
como Lima, Lima Norte, Lima Sur, Lima Este, Callao, Apurímac, Ayacucho,
Huancavelica y Junín.
A las referidas jurisdicciones el Poder Judicial les ha dotado de nuevos
órganos jurisdiccionales, recursos humanos, informáticos y logístico
Cabe recalcar que el ETI-CPP anticipándose a la implementación de la Ley
30077, ha efectuado capacitaciones sobre esta norma, a cargo de renombrados
juristas que han logrado consolidar el conocimiento en los jueces y el personal
jurisdiccional sobre los alcances de la nueva ley.


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