En el Registro de Organizaciones Políticas del
Jurado Nacional de Elecciones, actualmente figura la readecuación del estatuto del
Movimiento de Acción Nacionalista Peruano MANPE, entre los que figura
especialmente la potestad de celebrar alianzas electorales, aspecto que en su
anterior documento no especificaba.
El estatuto modificado tiene figura en el portal electrónico
correspondiente con el expediente N° 360 por lo que a partir de la fecha queda
expedito que este movimiento político regional puede celebrar alianzas
políticas con otras agrupaciones reconocidas.
Como se recordará, la falta de especificación
y que posiblemente no llegaran a los plazos previstos dio lugar a que el
Movimiento de Renovación Ancashina rompiera la alianza con el MANPE.
La adenda estatutaria tiene como numeral el 26-A
que ha quedado así:
Es función del
Comité Regional:
a) Decidir sobre la celebración de una “Alianza
Electoral” con otros Partidos o Movimientos Políticos, la misma que decidirán
en Asamblea Extraordinaria del Comité Regional, debiendo contar con la
aprobación de la mitad más uno de los miembros que Participen de la Asamblea.
Para estos efectos, el quórum para celebrar válidamente la Asamblea se conforma
con la mitad más uno del número legal de los miembros que integran el Comité
Regional.
b) Designar a la persona autorizada para suscribir
el acuerdo conjunto de formar una Alianza Electoral, en representación
del Movimiento.


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