El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en
Telecomunicaciones (Osiptel) ratificó la multa a telefónica del Perú, de 51 Unidades Impositivas
Tributaria (UIT) el cual equivale a 193,800
nuevos soles por el incumplimiento de la tarifa.
El proceso se inició en diciembre del 2011 cuando Osiptel
fijó en 0.0042 soles por segundo y sin incluir Impuesto General a la Ventas
(IGV) la tarifa tope para las llamadas locales desde teléfonos fijos de abonado
de Telefónica del Perú a redes de telefonía móvil, de comunicaciones personales
y troncalizado.
Sin embargo, Osiptel verificó que la tarifa era de 0.0008
(incluído IGV), que aunque Telefónica respetaba sus código Sistema de
Información y Registro de Tarifas, era mayor a la tarifa tope establecida
previamente.


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